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REFORMA PENAL : APELACIONES PÚBLICAS ORALES Y GRABADAS: La intención es acertada pero los medios son escasos Luego de la promulgación de la ley 26.374, en aproximadamente 80 días debería poder implementarse la serie de reformas al Código Procesal Penal, que incluye un nuevo mecanismo para que las apelaciones sean orales, públicas y grabadas. Esto dio lugar a numerosas opiniones, que coincidían en apoyar el objetivo de acelerar los trámites judiciales, aunque se destacó que no estaban dados los medios necesarios para poder efectuarlos en un corto plazo.
Interesante, pues dificultaría EL PAGO DE RESOLUCIONES ARIBTRARIAS A LA JUSTICIA. AL FACILITAR LA REVISIÓN DE LA PRUEBA. EJ: LA MAFIA RIVERPLATENSE según surge de comunicaciones habrían oído terceros podría haber pagado a juzgado y sala, a fin de, con algún Falso Testimonio mediante, Producto de Coacción y algo más, se ARMARA CAUSA Y PRIVARA DE LIBERTAD, a quien TODOS SABÍAN INOCENTE del delito imputado, con el objeto DE SACAR DE CIRCULACIÓN HASTA ELECCIONES RIVER DICIEMBRE 2009 A ALAN SCHLENKER.
Ello surgiría de Prueba en mi poder, y en poder de muchos otros. Es absolutamente secundario para todos, EN LA ARBITRARIEDAD REINANTE, que a tal fin hayan quedado también Privadas de Libertad, Dos Personas que además de Inocentes, son Pinches o Perejiles, Sin Intención NI Aspiración Política en la Dirección o Política del Club, como William Schlenker y/o Martín (Pluto) Lococo.
Hay Pruebas, Estarían Certificadas por Escribano Público, y con el objeto de tratarse de apoderarse de ellas, y de que no se conozca el contenido, hace meses Rousseau viene cometiendo 3 a 5 Delitos Semanales que Se Denunciaron Criminalmente, recientemente. Podría haber Asociación Ilícita; además de Cohecho, Incumplimiento Deberes Funcionarios Públicos – Jueces Juzgado, Cámara, Policía, Gendarmería, además de art 271 Abogados Alan Schlenker, además de susto que terminó en Muerte, a Persona de Trabajo ajena al Club Atlético River Plate, el hecho ocurrido el 27 Abril 2008, supuestamente organizado por Rib, Rousseau, con personas, recién sacadas de Prisión por Seb Rodríguez, etc. etc.
También se dice que a último momento Rousseau habría introducido una tercera también a pago, pero ésta con orden de disparar. ¿Mismo Modus Operandi Acro, para Apoderarse de la Caja? El Fallecimiento habría tenido lugar en Hospital Posadas de Ramos Mejía, iniciales serían H.G.M.. La información para alcanzarlo podría haber sido tomada de una Denuncia efectuada por la suscripta el 4 de Abril que duerme en el Juz Instrucción 11, y facilitada por abogados Alan Schlenker a Rousseau, según información de quienes oyen comunicaciones grabadas por terceros, que no se dan a conocer, temiendo sufrir igual suerte que el antes referido.
Poseo Audios acreditan toda la historia del contenido de las comunicaciones. Compete a la Justicia investigar si los contenidos son o no verídicos. Del mismo modo se habría llegado al domicilio del Vigilador de mi cuadra que, luego de haber visto 4 masculinos con Mi Foto, mencionando el Mandato que tenían de … (por acabarse el crédito de su Tel, fue al kiosco a hablar y de pura casualidad, presenció …) no me permitió salir a la calle la noche del 30 de Marzo de 2008 y quizás de tal modo, selló mi suerte, y salvó mi vida. Parece que No era Mi Hora, que Dios tenía dispuesta otra, para mi muerte.
Los hechos, repito, me fueron referidos por terceros que padecieron las represalias, poco a poco iré subiendo al Blog los Audios, corresponde a la Justicia Buena, si la hay, investigar la veracidad de aquéllos.
REUNIÓN JUECES Y MEDIADORES 17 JUNIO 08 ME ENCANTARÍA ESTAR ALLÍ COMO MEDIADORA, PERO ESTOY TAN SOBREPASADA POR EL TRABAJO, MI PRÓXIMO VIAJE 23 JUNIO 23 JULIO 2008, ADEMÁS POR EL PESO DE LA INFORMACIÓN QUE TENGO EN MI PODER Y QUE PODRÍA PERDERSE SI ME OCURRE ALGO – ADRIANA Y MARINA; DE ENTRE LAS 20 PERSONAS QUE POSEEN LA INFORMACIÓN -EN BREVE LES LLEGARÁ OTRO CD NUEVO CON AUDIOS ÚLTIMOS 15 DÍAS – CONFÍO EN QUE UDS SE OCUPARÁN DE REALIZAR LAS DENUNCIAS, APORTAR LAS PRUEBAS, PRIMERO A LA PRENSA, LUEGO A LA CORTE Y DEFNSORÍAS, PORQUE CON ESTA JUSTICIA, Y ESTAS INSTITUCIONES, ESTÁ VISTO, NO SIEMPRE SE PUEDE CONTAR... Me expreso porque hoy estoy en condciones de probarrrrr.
Se reúnen jueces y mediadores Será el próximo martes y se espera la participación de cerca de 200 personas. El eje del encuentro será abierto e informal para que las partes plateen los temas que quieran sobre la mediación. Es organizado por la Unión de Mediadores Prejudiciales que recientemente hizo una encuesta que arrojó que para el 60 por ciento de los magistrados la mediación es buena o muy buena.
COMERCIAL – SEGUROS – METROPOLITAN LIFE – NI PESIFICACIÓN NI ESFUERZO COMPARTIDO- PAGO EN DÓLARES Metropolitan Life debió pagar el monto total de los fondos entregados por un afiliado que había rescindido voluntariamente su contrato. Se determinó que la restitución debía ser en dólares, al estimar que provenía de una obligación posterior al dictado de las normas de emergencia. FALLO COMPLETO
CIVIL AFA Y CLUB DEFENSORES UNIDOS DEBEN RESARCIR LESIÓN MIENTRAS PRESENCIABA PARTIDO La Cámara Civil condenó a la A.F.A., y al Club Atlético Defensores Unidos a resarcir a un hombre que sufrió una lesión mientras que presenciaba un partido de futbol. Que ambas entidades se beneficien de la recaudación del espectáculo, permite atribuirles a ambas responsabilidad por los perjuicios generados al actor (FALLO COMPLETO 12 JUN DIARIO JUDICIAL).
CONGRESO APROBÓ PROTOCOLO DICE NO A PENA MUERTE El Congreso aprobó el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, relativo a la abolición de la pena de muerte adoptado por la Asamblea General de la OEA hace más de 10 años. La Ley 26.379 que ratifica el Protocolo, fue sancionada el pasado 21 de mayo y publicada en el Boletín Oficial el 12 de junio. En el mundo todavía hay muchos estados que no abolieron la pena capital, por lo que más de mil personas son ejecutadas anualmente. TEXTO COMPLETO
CIVIL Y COMERCIAL OBRA SOCIAL PORTEÑA DEBE CUBRIR ÍNTEGRAMENTE MALFORMACIÓN CONGÉNITA EN PIES La justicia salteña ordenó a una obra social provincial a cubrir íntegramente el tratamiento de un nene que padece una malformación congénita en sus pies. El derecho a la salud “expresa hoy un concepto más extenso: el derecho a una mejor calidad de vida”, sostuvo el magistrado, que días atrás instó a otra prepaga a solventar los gastos de un tratamiento para eliminar las células cancerígenas de una mujer a la que se le había extraído un tumor maligno. FALLO COMPLETO
SAN JUAN QUIERE LEY DE ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA Yo también la quiero, como Córdoba con derecho a conocimiento por simples particulares, y no solo por ONG. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL – PER SALTUM Un grupo de diputados presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad de la resolución 125 del Ministerio de Economía, que impone el sistema de retenciones móviles y solicitaron una medida cautelar suspensiva. Paralelamente le piden a la Corte que trate el tema por la vía del per saltum.
Nota completa
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL POR AMPARO. NO. TÍPICO EFECTO RAID, como rechazo amparo por no ser vía idónea en Corralitos personas enfermas 95 años, vuelta de varios años, al mundo de las incompetencias, al iniciar ordinarios en tales casos, etc, etc. Justicia Justicia ¿Dónde Estás? ¿Perdida entre Formalismos Extremos, que nos alejan de la practicidad y ejecutivdad y de la Justicia de Fondo? Una jueza rechazó una acción para que las retenciones móviles a las exportaciones agropecuarias sean declaradas inconstitucionales. Dijo que el amparo no es la vía adecuada para el reclamo porque no se demostró “arbitrariedad o ilegalidad”. El viernes pasado otra magistrada sí había hecho lugar a un amparo similar y declaró inconstitucional la resolución que impuso el tributo. Ambas demandas fueron presentadas por sendos hermanos que tuvieron distinta suerte. FALLO COMPLETO
EDITORIAL ZEUS SRL COMENTA FALLO CORTE SOBRE PROBATION INTERPETACIÓN AMPLIA Y NO RESTRICTIVA Publicado: 09/06/2008
NOVEDAD JURISPRUDENCIA CSJN PROBATION El criterio que limita el alcance del beneficio previsto en el artículo 76 bis del Código Penal a los delitos que tienen prevista una pena de reclusión o prisión cuyo máximo no supere los tres años, se funda en una exégesis irrazonable de la norma, toda vez que consagra una interpretación extensiva de la punibilidad que niega un derecho que la propia ley reconoce, otorgando una indebida preeminencia a sus dos primeros párrafos sobre el cuarto al que deja totalmente inoperante. Por ello, y habiendo dictaminado el Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada (Ver pág. 299).
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